El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado el pasado viernes por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contra el Real Decreto de reordenación del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital promulgado el pasado octubre y según el cual la institución se atribuye las competencias para fijar las tarifas del peaje eléctrico. Estas tarifas determinan una parte del coste fijo del precio de la energía.

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Según consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves, la Sala Tercera, Sección Tercera del Tribunal Supremo admitió a trámite por resolución el pasado lunes el recurso presentado por el organismo dirigido por José María Marín. El organismo dio este paso después de que el Ministerio de Energía respondiera con una negativa al requerimiento para que se retractara de la decisión de arrebatarle estas funciones.

En concreto, la CNMC ha recurrido los artículos 3.1 (d, m, ñ y q), 4.1 (d, i, s y w), así como la disposición adicional segunda, la disposición adicional tercera, la disposición transitoria tercera y la disposición transitoria cuarta de la normativa.

Mediante el Real Decreto 903/2017, el ministerio dirigido por Álvaro Nadal asume funciones que hasta la fecha correspondían a la CNMC. Entre ellas se encuentran las referidas a los peajes de acceso a las redes energéticas; a las inspecciones y las liquidaciones; a la potestad sancionadora y a la de supervisión de los mercados y control de operaciones.

Por su parte la Comisión Europea (CE) ya había reclamado que las competencias de fijación de tarifas corresponden a los organismos independientes. En septiembre de 2016 remitió un procedimiento de infracción contra España porque la CNMC es el único supervisor europeo que no se hace cargo de dichas competencias.

Se trata de la segunda vez que la CNMC recurre contra el Gobierno. La primera fue por el Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre (ROT) para que eliminara las restricciones en materia de transporte de pasajeros en vehículos de alquiler con conductor (VTC).

Fuente: El País