Se acabó discriminar a los clientes en función del país desde donde efectúen sus compras online dentro de la UE. El pleno de la Eurocámara ha aprobado hoy una nueva normativa que aboga por retirar los obstáculos a las compras por internet de otros Estados miembros para los que existe hoy un «bloqueo geográfico injustificado», informó Efe.
El objetivo es que las páginas web no den condiciones distintas al comprador ni le bloqueen debido a su nacionalidad, lugar de residencia o localización, formas de discriminación al consumidor que van en contra del espíritu mismo del mercado interior.
Bruselas quiere acabar con una práctica hasta ahora habitual: algunas tiendas online europeas no ofrecen las mismas condiciones de venta ni el mismo precio a los clientes que no son locales, aunque sí de otros países de la UE.
Las nuevas reglas, que han sido aprobadas por 557 votos a favor, 89 en contra y 33 abstenciones y que empezarán a aplicarse antes de final de año, establece una lista de casos en los que las empresas que venden por internet deberán tratar por igual a todos sus compradores de la UE, sin excepción. Están incluidos los artículos textiles, electrodomésticos y productos de electrónica de consumo cuando la entrega al cliente tenga lugar en un Estado miembro en el cual el comerciante ofrece la venta y distribución del producto en sus condiciones generales, o si se trata de un punto de recogida acordado por ambas partes cuando el comerciante ofrezca esa opción.
También deberán ofrecerse sin geobloqueo otros servicios proporcionados por internet y que no estén protegidos por los derechos de autor como el almacenamiento de datos, alojamiento de páginas web o servicios en la nube. E igualmente, los servicios facilitados en las instalaciones del proveedor o en una localización en la que éste opera, como estancias hoteleras, entradas para eventos deportivos, alquiler de vehículos, festivales de música o entradas a parques temáticos.
Los contenidos con copyright queda excluidos
En lo que no habrá cambios, porque la normativa lo deja fuera, es en los contenidos digitales protegidos por derechos de autor. Es el caso de los libros electrónicos, los videojuegos, las películas y series, música o las retransmisiones de partidos, por ejemplo. Los eurodiputados han accedido a exceptuar de la normativa contra el llamado geobloqueo, como proponía la Comisión Europea, a los contenidos con copyright, principalmente por las disputas transfronterizas de derechos de autor.
Sin embargo, la Eurocámara ha pedido que en dos años la Comisión Europea evalúe de nuevo si puede modificarse este último punto, calificado de “desafortunado” por la organización europea de consumidores (BEUC). El texto aprobado incluye, en este sentido, una cláusula de revisión.
La nueva normativa promete impulsar las operaciones online transfronterizas. Según Efe, actualmente, solo el 15% de los clientes compra a través de internet en otro país de la UE y el 8% de los comerciantes realiza ventas transfronterizas (frente al 24% a nivel nacional)
Fuente: Cinco Días