La asociación de consumidores Facua ha denunciado a Cabify ante las cinco comunidades autónomas en las que opera en España al entender que la empresa vulnera tanto la legislación de defensa de los consumidores como la que regula a las agencias de viajes.

La organización que ha comunicado las denuncias esta mañana a través de su web explica que en los últimos meses la asociación ha planteado a Cabify la existencia de una serie de irregularidades en sus condiciones contractuales para que procediera a corregirlas. La empresa ha rectificado algunas de ellas esta semana, pero ha mantenido otras, que facua considera «de mayor envergadura».

Facua explica que ha interpuesto las denuncias ante los organismos competentes: las autoridades de consumo de Andalucía, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana y Galicia. También ha puesto otra denuncia ante la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid, donde Maxi Mobility Spain SL tiene su sede social. En la actualidad, Cabify opera en España en A Coruña, Alicante, Barcelona, Madrid, Málaga, Sevilla y Valencia.

Facua considera que las condiciones contractuales de la filial española de Cabify (Maxi Mobility Spain SL) sitúa a los usuarios en una situación de «absoluta indefensión» en caso de que se produzcan irregularidades en los servicios contratados, como que los transportistas se retrasen o no lleguen, cargos superiores a los ofertados, deficiencias en la calidad y prestaciones de los vehículos o daños por accidentes.

Según explica la organizaciones de consumidores, Cabify en sus condiciones generales de uso advierte de que en España opera como agencia de viajes al estar registrada como tal. Sin embargo, Facua denuncia que en esas mismas condiciones la compañía afirma que sólo «actúa en calidad de intermediario» y que su actividad está sometida, entre otras normas, a la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (Lssice).

Facua resalta en sus denuncias que si estuviera regida por la Lssice, Cabify podría intentar acogerse al régimen de responsabilidad específico que recoge esta normativa para no tener que responder ante los usuarios por cualquier clase de daño o perjuicio sufrido en la prestación de los servicios que oferta. «Pero lo cierto es que las características de los servicios de este tipo de plataformas impiden que puedan considerarse prestadores de servicios de la sociedad de la información, como puso de manifiesto la sentencia contra Uber dictada en 2017 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)», indica la organización.

Mero intermediario

Desde Facua denuncian que Cabify «pretende aparentar que es un mero intermediario, obviando sus obligaciones como agencia de viajes y como si no hiciese otra cosa que poner en contacto a un usuario con una empresa para que contrate sus servicios». Pero, según esta organización, cuando se solicita un transporte a través de la app de Cabify, toda la contratación y pago se lleva a cabo de forma directa con esta empresa, sin que se informe, por ejemplo, de quién es la titular de la licencia VTC para la que trabaja el profesional que llevará a cabo el servicio.

«Resulta obvio», advierte la asociación, «que sin la plataforma de contratación de Cabify, los consumidores no podrían o tendrían muchas dificultades para contratar de forma directa con las licenciatarias de VTC que prestan sus servicios a través de Maxi Mobility Spain SL». Desde Facua detallan que en el apartado 8 de sus condiciones contractuales, dedicado al «régimen de garantías y de responsabilidad», la empresa afirma que «la prestación final del servicio de transporte quedará a discreción del tercero transportista» y que «el usuario renuncia y exonera a Cabify de cualesquiera obligaciones, reclamaciones o daños surgidos como consecuencia de la relación con el tercero transportista».

Legislación vigente

Facua considera que con estas prácticas, la multinacional vulnera en España tanto la normativa de consumo como la que regula las obligaciones de las agencias de viajes. Así, el Decreto 99/1996, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de las actividades propias de las agencias de viajes de la Comunidad de Madrid establece en su artículo 22 que éstas «vienen obligadas a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados con las condiciones y características estipuladas». La asociación argumenta en sus denuncias que Cabify no puede por tanto desentenderse de sus responsabilidades con los usuarios si se produce cualquier irregularidad en la prestación de los servicios.

La organización de consumidores argumenta igualmente en sus denuncias que en lo que se refiere a la legislación de defensa de los consumidores, tanto la ley estatal como las autonómicas plantean como infracciones la aplicación de cláusulas abusivas en los contratos. «Y el intento de Cabify de exonerarse de cualquier responsabilidad ante incumplimientos de las condiciones de los servicios contratados a través de ella podría constituir una cláusula abusiva por causar «un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes».

Fuente: Cinco Días