El pleno de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado remitir al Consejo de Estado el proyecto de circular por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad, en el que plantea una reducción de los peajes de los consumidores en un 5,6% de media, dependiendo del colectivo. Los peajes son la contribución que les corresponde pagar a los consumidores para cubrir los costes en que incurren las eléctricas por las actividades de transporte y distribución. La retribución que reciben las compañías de electricidad se eleva en conjunto a 7.000 millones anuales.

Este proyecto de circular establece la metodología para determinar el cálculo anual de los peajes de transporte y distribución de electricidad de los consumidores; los autoconsumidores por la energía demandada de la red y por la energía autoconsumida en el caso de instalaciones próximas; las instalaciones de generación por sus consumos propios y los intercambios de energía eléctrica que se realicen con destino en países no miembros de la Unión Europea.

Respecto a la versión sometida al procedimiento de audiencia, este documento incorpora como principales modificaciones la simplificación de la estructura de peajes de aplicación a los consumidores domésticos, manteniendo seis periodos para el resto de consumidores incluyendo las pymes de baja tensión. Además, introduce una estructura variable de precios para los consumidores domésticos, a efectos de laminar el impacto de la metodología en los consumidores de menor tamaño.

Asimismo, se exceptúa del pago de peajes de transporte y distribución a las instalaciones de bombeo y a las instalaciones de almacenamiento conectadas directamente a la red y se introduce un peaje opcional para puntos de suministro dedicados en exclusividad a la recarga de vehículos eléctricos de acceso público.

También subraya que se facilitará la penetración del vehículo eléctrico y se incentivará el consumo eficiente y la electrificación de la economía, sin que ello suponga una barrera para la agregación de consumos, la penetración del autoconsumo y la participación en la respuesta de la demanda.

El organismo destaca que este proyecto de circular resulta coherente con los requisitos establecidos en el paquete de «Energía limpia para todos los europeos» y refleja las buenas prácticas regulatorias en el establecimiento de la metodología de fijación de tarifas de transporte y distribución.

Retribución al operador

Además, la CNMC ha aprobado la circular por la que se establece la metodología de retribución del operador del sistema eléctrico, Red Eléctrica de España, con un incremento máximo de hasta casi el 29%. Esta circular establece la metodología de retribución del operador del sistema desde 2020 hasta 2025. Adicionalmente, se fija la duración de los periodos regulatorios para esta actividad y la forma de financiación de la retribución del operador del sistema, mediante los precios que repercute a los agentes, su cobro y liquidación.

Como resultado de esta metodología, la retribución anual para el periodo regulatorio 2020-2022 se sitúa en un rango de entre 71,8 millones de euros (en un escenario de cumplimiento mínimo de incentivos) y 74,6 millones de euros (en el caso del cumplimiento máximo de incentivos). Sin considerar incentivos, la retribución anual se sitúa en 73,2 millones de euros. La retribución anual del operador del sistema en 2019 fue de 58 millones de euros. Por lo tanto, la retribución que resulta para el periodo 2020-2022 supone un incremento mínimo de 13,8 millones y máximo de 16,6 millones. En términos relativos, el incremento mínimo sería del 23,8% y el máximo, del 28,8%.

Esta circular compensa en parte la que suponía un recorte de la retribución por el transporte aprobada la semana pasada. La principal novedad consiste en establecer en una norma un modelo para la retribución del operador del sistema, dando transparencia y seguridad jurídica al operador del sistema y a los consumidores que soportan el coste de su actividad, señala la CNMC. Esta metodología resulta fundamental para que el operador del sistema pueda planificar sus inversiones y organizar su estructura de costes a medio plazo puesto que le permite recuperar sus costes y recibir una rentabilidad.

Se establecen periodos regulatorios de tres años, la mitad del periodo de seis años establecido con carácter general para las actividades reguladas. Así, el próximo comprenderá los ejercicios 2020 a 2022, ambos inclusive. Otra novedad introducida por la propuesta de norma es la incorporación de un tramo de retribución por incentivos. En este primer periodo, se premian las actuaciones dirigidas a la reducción de la energía programada por restricciones técnicas, a la mejora de la previsión de la demanda y a la mejora de la previsión de la producción de energía eólica y fotovoltaica.

Fuente: El País