El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado en dos casos que la normativa española no discrimina de forma injustificada a los temporales y los indedifinidos en las indemnizaciones que reciben al acabar los contratos. Esto supone un cambio cambio de criterio respecto de la sentencia que hace año y medio puso el mismo tribunal que sí hallaba discriminación infustificada y concluída que los interinos y temporales debían percibir la misma compensación al acabar la relación laboral que los fijos.

Ambas sentencias se han conocido este martes.

Fuente: El País