La decisión del Tribunal Supremo del pasado 22 de noviembre, avalando las hipotecas ligadas al índice IRPH, supuso un jarro de agua fría para los cientos de miles de consumidores que aspiraban a recuperar parte del dinero abonado con un fallo similar al de las cláusulas suelo o el de las hipotecas multidivisa. Sin embargo, abogados y organizaciones de consumidores aguardan expectantes la publicación del texto de la sentencia con la confianza de que la letra pequeña de la resolución deje abierta una importante rendija para litigar.

El alto tribunal avanzó que “la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad”. La esperanza de los consumidores está puesta ahora en que el cuerpo de la sentencia permita pelear una compensación en los casos en que la banca comercializara estos créditos de forma opaca, sin informar al cliente de los riesgos que supone usar este índice.

“El Supremo se ha pronunciado sobre una demanda de la falta de transparencia en cuanto a la configuración el tipo”, explica Arianna Serras, experta en derecho bancario e hipotecario y fundadora del bufete que lleva su nombre. “Lo que ocurre es que no es el motivo por el cual los consumidores deben reclamar”, sostiene, explicando que aunque el IRPH ha generado una larga polémica sobre la capacidad de los bancos para manipularlo, era un índice aceptado por el Banco de España.

La sentencia del Supremo, aduce Serras, salvaguarda al supervisor bancario pero previsiblemente deje vía libre a otro tipo de actuaciones contra las entidades concretas que comercializaron hipotecas de este tipo. “La vertiente que defiendo yo es la de reclamar por la falta de información”, explica. Pues como ocurría con las cláusulas suelo, estas no son nulas por sí mismas, si no que la justicia ha declarado que son abusivas aquellas que el banco comercializara sin informar detalladamente de sus consecuencias y riesgos. Esta catalana de 27 años, que hace siete formó la Asociación para la Defensa de los Afectados por las Participaciones Preferentes en Mataró (Apredef), considera que esta es la vía para reclamar.

MÁS INFORMACIÓN

La prueba, sostiene Serras, es que el mismo día que el Supremo se pronunció sobre las IRPH el juzgado 7 primera instancia de Granollers tumbaba la referenciación de una hipoteca ligada a este índice, y su cláusula suelo, por su opacidad.

Tras este, otros fallos han anulado el IRPH pese a la postura anticipada por el Supremo (ver despiece) y se han admitido macrodemandas similares como la presentada por la asociación de usuarios financieros Asufin. “Todavía no conocemos el texto íntegro de la sentencia y no sabemos exactamente qué es lo que dicen los Magistrados. Otra cuestión es cómo se comercializó el IRPH y si se le explicó a los afectados la diferencia de este con el euribor”, explicó Patricia Suárez, presidenta de Asufin.

Maite Ortiz, letrada de IRPH Stop Guipúzcoa que defendió al consumidor que perdió su pugna contra Kutxabank en el Supremo, también cree que hay que “esperar a leer la letra pequeña de la sentencia”. El IRPH, dice, puede ser legal, como lo es una hipoteca multidivisa, pero otra cosa es si el banco informó debidamente del riesgo al cliente.

Habrá que esperar unos días más para conocer la sentencia, que se prevé además cuente con voto particular de algún magistrado.

Sentencias dispares

El Supremo: El Pleno de la Sala de lo Civil falló a favor de Kutxabank el 22 de noviembre avanzando que ligar un crédito a IRPH no lo invalida, si bien la sentencia completa aún no ha sido publicada.

Granollers. El juzgado número 7 de primera instancia de Granollers anuló el mismo día la referenciación de una hipoteca a IRPH, y su cláusula suleo, por la falta de transparencia con que se comercializó el crédito.

Marbella. El juzgado número 3 de Marbella falló recientemente contra Banco Popular, en un caso ganado por el bufete Criado & Kraus, al entender que la entidad comercializó una hipoteca ligada a IRPH en unas condiciones que no superarían el control de transparencia exigible.

Fuente: El País