El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso administrativo presentado en su día por Naturgy (entonces Gas Natural) contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de noviembre de 2017 por el que se imponía a la energética, en su calidad de operador dominante del mercado del gas, la obligación de presentar ofertas de compra y venta en el mercado del gas. Así, su comercializadora se convirtió en un creador de mercado o make marker.

El Gobierno basó su decisión en una disposición de la Ley del Sector de Hidrocarburos (8/2015) que le habilita para imponer dicha obligación a los operadores dominantes (también, por este motivo, se le impuso a Endesa, que no recurrió) cuando, “ante la carencia de liquidez en el mercado no existan agentes voluntarios para prestar este servicio o su contribución no sea suficiente” para controlar los precios. Aunque sí existen dos operadores voluntarios, que son designados cada seis meses y reciben por ello una compensación, el entonces ministro de Energía, Álvaro Nadal, consideró insuficiente la liquidez del mercado secundario del gas (Mibgas) en 2016 y primer bimestre de 2017.

Todo comenzó cuando en enero de este último año se produjo una escalada sin precedentes de los precios de la electricidad, hasta el 96% interanual, lo que repercutió directamente en la factura de los consumidores, especialmente, los acogidos al precio regulado o PVPC.

El entonces ministro de Energía, Álvaro Nadal, culpó a las centrales de gas de ser las causas principales del fuerte incremento de las cotizaciones. No en vano, también la CNMC abrió un expediente, que se ha saldado esta semana con la imposición de la segunda mayor multa a una eléctrica (19,5 millones a Naturgy) por alteración de los precios del mercado mayorista durante aquel periodo. También Endesa ha sido sancionada, por igual motivo, con 8,5 millones de euros.

Una de las soluciones anunciadas por Nadal en enero de 2017 fue imponer a estas dos eléctricas la obligación de dar liquidez al mercado, activando la figura del make marker que fija la ley. Sin embargo, no fue hasta noviembre de ese año cuando el Consejo de Ministros aprobó un acuerdo en este sentido. El que recurrió Naturgy y el que el Supremo (sin posibilidad de más recursos) acaba de desestimar.

Cobrar por el servicio

 Aunque Naturgy ha perdido su recurso en el Supremo contra la obligación de dotar de liquidez al Mibgas, mantiene otro en la que reclama cobrar por ella, tal como ocurre con los creadores de mercado voluntarios (en estos momentos, Engie y Axpo), que sí son compensados. La energética insiste en que la liquidez del mercado secundario (7%) crece igual con o sin sus ofertas.

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Fuente: Cinco Días