El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso contra el ERE de Bankia, que se llevó a cabo en 2013, interpuesto por una antigua trabajadora de la entidad contra el banco y las secciones sindicales de UGT, CC OO, Accam, CSICA y SATE en Bankia. La demandante había reclamado que su despido se efectuó antes de que concluyera el periodo de consultas y que presuntamente el banco no había motivado suficientemente la carta de despido objetiva.

Inicialmente, la demanda había sido desestimada por el Juzgado de lo Social Nº1 de Valencia en 2016 y posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia, en 2017. Este último rechazó las pretensiones de la antigua trabajadora de la entidad al sentenciar que “la carta de despido cumplía las exigencias legales”.

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El auto judicial detalla que “la entidad demandada ha acreditado que la valoración y puntuación de la trabajadora se realizó en los términos pactados y con los mismos criterios y procedimientos aplicados al resto de los trabajadores”.

Por todo ello, la Sección Primera de la Sala de lo Social ha fallado rechazar la admisión del recurso de casación en sentencia firme, por lo que el proceso termina de manera definitiva.

En el proceso del ERE, Bankia llegó a un acuerdo en periodo de consultas con los sindicatos para la extinción de un máximo de 4.500 empleos alegando “causas económicas”. Una medida contemplada en el plan de recapitalización de Bankia, aprobado por la Comisión Europea, así como en el plan estratégico de la entidad para el periodo 2012-2015, que buscaba hacer frente a la mala situación económica que arrastraba el banco.

Fuente: Cinco Días