El Tribunal de Justicia de la UE dejó este martes en el aire el sistema de arbitrajes intraeuropeo con una sentencia en la que niega su legitimidad para dirimir conflictos entre empresas y Estados en el marco de tratados bilaterales entre socios comunitarios. “El mecanismo de resolución de controversias no permite garantizar que los litigios se diriman ante un órgano jurisdiccional perteneciente al sistema judicial de la Unión. […] En estas circunstancias, el tribunal llega a la conclusión de que la cláusula arbitral vulnera la autonomía del Derecho de la Unión y, por tanto, no es compatible con este”, señaló la máxima autoridad judicial europea en su sentencia.

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En la misma, da la razón al Gobierno eslovaco frente a la demanda de la asegura holandesa Achmea, que exigió a Eslovaquia el pago de una indemnización por las pérdidas sufridas después de que el país diera marcha atrás en la liberalización parcial del mercado de seguros sanitarios. El proceso dividió a los países comunitarios según sus intereses. España, República Checa, Estonia, Grecia, Italia, Chipre, Letonia, Hungría, Polonia, Rumanía y la Comisión Europea presentaron observaciones en apoyo de Eslovaquia. Al contrario que Francia, Países Bajos, Austria y Finlandia.

El interés de España

El dictamen solo afecta a los tratados intracomunitarios —por ejemplo, un inversor canadiense que quiera demandar a un país de la UE ante un tribunal de arbitraje sigue estando habilitado para hacerlo—. Y otorga argumentos a España para defender la ilegalidad de los arbitrajes. Esa posibilidad beneficia a España debido a que, teóricamente, los tribunales de arbitraje suelen tener un sesgo favorable a las empresas, lo contrario de lo que ocurre cuando el caso va a la justicia ordinaria.

España se juega más de 7.600 millones de euros en las demandas presentadas por inversores foráneos por el conflicto derivado de los recortes del Gobierno a las renovables. “No es seguro que la Corte de Luxemburgo rechace las demandas de los fondos de inversión contra España en el caso de las primas a la energía solar”, afirmó este martes el eurodiputado socialista Ramón Jáuregui, “pero el hecho de que esta sentencia abra la vía a su consideración ante ese tribunal es una buenísima noticia para España. No hay que olvidar que los tribunales públicos en España dieron la razón al Estado, y en cambio los arbitrajes privados dictaminaron compensaciones multimillonarias a los inversores”, añadió.

Sin embargo, España no puede cantar victoria todavía, dado que muchos de los arbitrajes de inversión se han iniciado al amparo de la Carta Europea de la Energía. “Es un instrumento un poco distinto, porque es un tratado multilateral con muchos estados firmantes. Y la UE es parte de la Carta, con lo cual es un instrumento que tiene cláusula arbitral pero multilateralizado”, advierten fuentes cercanas al tribunal.

La sentencia recalca que su aplicación se refiere a tratados bilaterales de los que la UE no forma parte. Y en los que solo participan un número reducido de estados, por lo que está por ver si España puede aprovechar la sentencia para eludir los temidos tribunales de arbitraje privados.

Más allá del camino que se abre para España, la justicia europea cambiará el modo en que empresas y Estados dirimen sus diferencias dentro de la Unión Europea. “Las empresas que inviertan en el extranjero ya no podrán acudir a un tribunal arbitral con árbitros conocidos por todos. Eso se ha acabado para los inversores europeos que litigan contra estados comunitarios”, explican las mismas fuentes.

40 demandas por más de 7.600 millones

España se enfrenta a un total de 40 demandas de arbitraje (de ellas, tres ya han sido, una a favor y dos en contra) por más de 7.600 millonesde euros. Los arbitrajes se deben dirimir en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial, la Cámara de Estocolmo y la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral).

La más cuantiosa es la de un grupo de 16 inversores, agrupados en PV Investors, ante el Uncitral por 1.900 millones. En segundo lugar figura una demanda de CSP Equity Investment presentada en Estocolmo, que reclama 840 millones. Le sigue una demanda de la alemana Signatory Banks Landensbank Baden-Württemberg, por de 482 millones; otra de RREEF Infrastructure (GP) Limited & RREFF Pan-European por 441 millones, y otra de Nextera, de los Países Bajos, por 393 millones. Es decir: los cinco frentes con reclamaciones más elevadas suman 4.056 millones, más de la mitad del grueso. El sigueinte país es Italia con 10 casos y el resto no pasan de seis.

Fuente: El País