El Tribunal de Justicia de la Unión Europea choca de frente contra la decisión de la Comisión Europea sobre las ayudas de España a la expansión de la televisión digital terrestre (TDT). Rechaza que haya quedado probado que fueran ayudas de estado selectivas para beneficiar a unos operadores concretos y, por tanto, no obliga a España a recuperar los 300 millones que repartió entre las empresas. La justicia pone así fin con un sorprendente giro (todo apuntaba que respaldaría las consideraciones de la Comisión Europea) a un conflicto que desde 2013 enfrenta a la Comisión y a España por las condiciones en las que se llevó a cabo la implantación de la TDT.

En una sentencia difundida este miércoles, el Tribunal de Luxemburgo se pronuncia sobre las ayudas públicas y si se incumplió la neutralidad tecnológica durante el proceso que culminó con apagón analógico. Considera que «la motivación de la decisión de la Comisión es insuficiente» para exigir la devolución de las subvenciones millonarias.

Para llevar a cabo el tránsito de la televisión analógica a la digital, la Administración realizó entre 2005 y 2009 una serie de actuaciones destinadas a distribuir las señales en todo el territorio nacional. En principio, los operadores privados tenían la obligación de cubrir el 96% y los públicos, el 98%. El mapa de España se dividió en zonas, según las dificultades de expansión de la TDT. En la zona II quedaban incluidas regiones poco pobladas y remotas. Para facilitar el acceso a las señales en estos lugares inhóspitos, el Estado invirtió casi 163 millones de euros y las comunidades aportaron otros 60 millones.

También se concedieron 32,7 millones para la explotación y mantenimiento de la red. La Sociedad Europea de Satélites, que opera los satélites Astra, interpuso una denuncia por considerar que estas subvenciones no eran legales y porque no se respetó la neutralidad tecnológica, al quedar marginada la posibilidad de que las señales se difundieran en esas zonas a través del satélite.

En 2013 la Comisión le dio la razón a Astra. Determinó que las ayudas concedidas a los operadores de la plataforma de TDT para el despliegue, el mantenimiento y la explotación de la red de televisión digital terrestre en la zona II eran ilegales e incompatibles con el mercado interior. La decisión afectaba a todas las comunidades salvo a Castilla-La Mancha, objeto de otro procedimiento, y ordenó la recuperación de la ayuda de los beneficiarios.

España, País Vasco, Galicia y Cataluña, así como varios operadores de televisión digital terrestre, solicitaron al Tribunal General de la Unión Europea que anulase la decisión de la Comisión. En diversas sentencias de 26 de noviembre de 2015, esas intenciones fueron desestimadas. Pero ahora, a través del recurso de Galicia, que sí ha prosperado, queda anulada la decisión de Bruselas.

«La decisión de la Comisión queda anulada. La anulación afecta a todas las comunidades autónomas y a todos los operadores afectados por ella, a pesar de que los únicos que legaran la insuficiencia de motivación fueran la Comunidad Autónoma de Galicia y Retegal», ha subrayado el tribunal.

El Tribunal de Justicia recuerda que una medida que sólo beneficia a un sector de actividad o a una parte de las empresas de ese sector no es necesariamente selectiva, «pues sólo lo es si, en el marco de un determinado régimen jurídico, tiene como efecto beneficiar a determinadas empresas en comparación con otras que pertenecen a otros sectores o al mismo sector y se encuentran en una situación de hecho y de Derecho comparable en relación con el objetivo perseguido por dicho régimen».

Fuente: El País