El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Cáceres ha confirmado la sanción de 6.000 euros impuesta por la Junta de Extremadura a la propietaria de una casa rural por no estar inscrita en el Registro Regional de Actividades Turísticas. La casa rural ofertaba la vivienda en un portal turístico de internet y no estaba registrado como actividad turística.

La sentencia resuelve la cuestión de la profesionalidad para tal ejercicio así como el de la habitualidad y condena en costas a la propietaria.

Fuente: El Derecho