Santander, CaixaBank y Bankia han formulado hoy ante el Gobierno una “reclamación de responsabilidad del Estado legislador” en la que solicitan la devolución de la cantidad financiada para cerrar el almacén de gas Castor, por más de 1.350 millones de euros, que todavía no se han recuperado, más los daños causados, según fuentes jurídicas. 

La reclamación explica que la inconstitucionalidad del real decreto ley no debe ocasionar ninguna pérdida a quien ha financiado a los poderes públicos para facilitar una medida de interés general. «Como se justifica, si no fuese así, el poder público se beneficiaría de la inconstitucionalidad a costa de las entidades financiadoras», explican fuentes conocedoras de la reclamación.

Los tres bancos ofrecen al Gobierno alcanzar un acuerdo que permita hacer la devolución de una manera flexible, a fin de evitar un grave impacto en las cuentas del Estado o en los consumidores gasistas.

Así, las entidades han ofrecido que, en lugar de devolver de modo inmediato todo el importe reclamado, el Estado lo devuelta de modo gradual, en los mismos términos y con las mismas condiciones (de tipo de interés y de plazo, fundamentalmente) en que estaba previsto en el real decreto ley,

El propio Nadal auguró el miércoles una “gran litigiosidad entre privados”, sugiriendo que las entidades irán a los tribunales, pero no contra el Estado, sino contra Enagás Transporte, actual concesionaria del almacén clausurado.

El pasado 2 de febrero, CincoDías publicó que fuentes empresariales aseguran que, en principio, las tres entidades afectadas, de una manera sindicada, iban a intentar convencer al Gobierno de que tramite una ley para dar solventar la sentencia del Constitucional del pasado 21 de diciembre, que ha anulado varios artículos del real decreto ley 13/2014 de 3 de octubre, por el que se aprobó la hibernación de la planta y su concesión a Enagás tras la renuncia de su anterior concesionaria, Escal, participada por ACS.

La tramitación de una ley ordinaria para que Santander, Bankia y Caixabank puedan volver a cobrar su deuda es una opción que tanto el Ejecutivo como el Grupo Popular han descartado totalmente. Ni siquiera lo van a intentar, pues saben de antemano que ningún partido político respaldaría una norma sobre una cuestión tan polémica (no hay que olvidar que el PSOE fue uno de los que recurrentes ante el Constitucional, junto con la Generalitat de Cataluña y el Parlament).

En todo caso, en octubre de 2014, Santander, CaixaBank y Bankia desembolsaron más de 1.350 millones de euros para financiar el cierre del almacén de gas natural Castor, después de que una serie de seísmos despertasen gran alama social entre los vecinos de las provincias de Castellón y Tarragona.

«El Estado necesitaba ese importe para liquidar con la empresa concesionaria las inversiones realizadas en “Castor”», señalan las fuentes consultadas. 

Para posibilitar el pago, el Gobierno aprobó el real decreto ley 13/2014, de 3 de octubre. Como explicó el ministro de Energía, Álvaro Nadal, en una reciente comparecencia ante la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital, “si quebraba la empresa concesionaria evidentemente se iba a producir un fallido en una deuda del Banco Europeo de Inversiones, y recuerden que estábamos en el año 2013, en la época en que la prima de riesgo de la economía española era todavía muy alta, había dudas sobre el euro y había problemas con la deuda soberana española”.

El real decreto ley extinguió la concesión, “hibernó” la instalación y reguló la compensación a la antigua concesionaria. Santander, CaixaBank y Bankia aportaron los 1.350 millones de euros necesarios para el cierre y el Gobierno, a través del sistema gasista, se comprometió a devolverlos en 30 años.

En diciembre de 2017, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el sistema de compensación previsto en el real decreto-ley 13/2014. La razón fue que el Gobierno no había sido capaz de justificar que el empleo de un real decreto ley (que solo se puede aprobar en casos de verdadera urgencia) estaba realmente justificado en este caso, y que no había tiempo para tramitar una ley “ordinaria”. El Tribunal Constitucional, sin embargo, aceptó la extinción de la concesión existente y aceptó que era necesario pagar al antiguo concesionario el importe de las inversiones que había realizado.

Tras la declaración de inconstitucionalidad, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia dejó de reembolsar lo financiado por las tres entidades.

Con esa decisión del Tribunal Constitucional y la decisión del Gobierno de no adoptar ninguna medida compensatoria, se produjo una situación anómala, explican fuentes conocedoras del conflicto. Y es que la deuda que el Estado tenía con la concesionara se pagó por los tres bancos por cuenta del Estado, a cambio de recuperar ese importe con los intereses en 30 años.

Además, se declaró el real decreto ley inconstitucional, exclusivamente, porque el Gobierno uso indebidamente la figura del real decreto ley. Es decir, el Constitucional no compromete el fondo de la decisión, sino la forma que debió haberse hecho a través de una ley tramitada de forma ordinaria.

Sin embargo, el Gobierno cree que no debe adoptar ninguna medida para compensar, de uno u otro modo, a los tres bancos que pagaron la deuda que el Estado tenía con la concesionaria. El Estado, de ese modo, entiende que la deuda que tenía con la concesionaria está pagada pero, sin embargo, no reconoce una compensación alternativa a los que pagaron esa deuda.

Fuente: Cinco Días