Hace un par de días el Ministro Montoro afirmó, cuando fue preguntado al respecto, que España no tiene intención de crear de forma individual una figura impositiva para gravar a grandes multinacionales de la denominada economía digital, como Google, Amazon o Apple de forma individual. No obstante, lo que sí es cierto es que se está debatiendo este asunto, pero dentro de una estrategia común sobre la fiscalidad de la economía digital en el mercado interior.

Como era previsible, por ahora no hay acuerdo sobre la figura impositiva a adoptar, al estar las posiciones claramente enfrentadas entre los partidarios que pretenden acabar con los privilegios fiscales de los gigantes tecnológicos y los que, como Holanda, Dinamarca, Luxemburgo, Malta o Dinamarca, prefieren posponer el debate y esperar a la primavera de 2018 en la reunión de G20, por miedo a que esta propuesta perjudique las potenciales inversiones en el mercado interior y que sea aprovechada por Reino Unido, tras el brexit, en un intento de atraer las inversiones hacia su territorio. Las patronales europeas, representadas por Business Europe, han rechazado de plano esta propuesta.

La polémica propuesta fue presentada por la Comisión Europea el pasado 21 de septiembre, por exigencia de diez Estados miembros, entre ellos España, con distintas opciones para someter a imposición a la economía digital, con la idea de poder presentar una propuesta legislativa final antes de terminar 2017, que deberán implementar los Estados en su legislación interna. El camino a seguir está siendo mucho más complicado de lo que inicialmente consideró la Comisión. Lo que parece palmario es que el sistema de imposición vigente en la UE continúa ofreciendo gaps o lagunas que siguen siendo utilizadas por las multinacionales digitales para reducir su tipo efectivo a unos niveles a los que el resto de las empresas del mercado no pueden aspirar. Si las multinacionales digitales están sometidas a un tipo efectivo medio de 8.5%, el resto de las empresas con presencia física en un Estado miembro quedan sometidas a un tipo efectivo medio del 23,2%. Un estudio de varios euro-parlamentarios calcula que España dejó de ingresar en torno a 482 millones de euros entre 2013 y 2015, solamente por Google y Facebook. Pese a que estos estudios carecen en ocasiones del rigor deseado, no deja de ser alarmante la cifra.

Parece claro que se debe continuar debatiendo nuevas normas internacionales específicas para detectar dónde crean valor las empresas y cómo y dónde se deben pagar impuestos, pero no solamente en el seno de la UE, sino en un entorno global.

Lo anterior implicaría, entre otras acciones, modificar la normativa fiscal sobre establecimientos permanentes, precios de transferencia y atribución de beneficios y se deberían tener en cuenta factores “alternativos” para determinar si las empresas digitales tienen una presencia económica significativa en un Estado en particular. Como se indica en los trabajos ya realizados por la OCDE, estos factores podrían basarse en el nivel de ingresos generados por las transacciones digitales, el número de usuarios de una plataforma digital, el volumen de datos recopilados por los usuarios a través de una plataforma digital o el uso de un dominio a nivel local.

No obstante, hasta que no se llegue a un acuerdo global, la UE debe presentar sus propias soluciones adaptadas a su acervo comunitario, por tanto no comparto la posición de los Estados que prefieren esperar para definir posturas, dado que a la reunión del G20 se debería llegar con una posición común y clara para poder discutir el asunto con los Estados Unidos, país donde surgieron la mayoría de los gigantes tecnológicos (Google, Amazón, Apple, Facebook, entre otros…) y que sin duda hará lo posible por vetar la iniciativa.

La Comisión ha presentado varias opciones a corto plazo (o quickfixes) en su propuesta, con el objetivo de impedir que este debate quede postergado hasta el año que viene. Las opciones presentadas se pueden sintetizar en: (1) un impuesto “de compensación al impuesto sobre sociedades”, aplicable sobre el volumen de negocios; (2) una retención final sobre determinados pagos hechos a proveedores no residentes en relación a bienes y servicios ordenados on-line o (3) una suerte de impuesto sobre los ingresos de publicidad u otros servicios prestados por las empresas digitales (el cual parece que puede ser por el que se decanten los Estados miembros, pese a que Francia prefiere la primera opción).

Las opciones de la propuesta son lo que han causado revuelo, lo que entiendo justificado en parte, pero debemos tener en cuenta que aún queda mucho por cambiar para adaptar los sistemas tradicionales de imposición a la nueva realidad digital donde la presencia física de los negocios ha dejado paso a una presencia on-line, siendo muy complicado el someter a imposición a actividades que se basan cada vez más en activos intangibles y datos.

El Comisario Pierre Moscovici es claro al afirmar: “Queremos crear un campo de juego equilibrado para que todas las empresas y multinacionales que operan en la UE puedan competir en igual de condiciones, independientemente de que operen on-line o que tengan presencia física”.

 Patricia Lampreave es Experta en Política Fiscal Europea de la Comisión Europea

Fuente: Cinco Días